Sucesos: PREVARICANDO QUE ES GERUNDIO: Juzgado de Gerona aplica una Ley que aún no existe.

Covaleda

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Un juzgado de Gerona aplica la ley de amnistía antes de aprobarse.

Suspende al juicio a cuatro independentistas procesados por cortar las vías del AVE, tras la petición de las defensas y la Abogacía del Estado, una vez registrada en el Congreso la proposición de ley.

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Un juzgado de Gerona ha suspendido la vista oral a cuatro independentistas en previsión de la futura ley de amnistía, es decir, antes de su aprobación. Se trata de una decisión pionera, a petición de la defensa de los procesados, que ejerce el penalista Benet Salellas, después de que el PSOE registrase la proposición de ley en el Congreso. A pesar de que la Fiscalía mostró su oposición, la Abogacía del Estado ha apoyado la petición y, finalmente, el Juzgado Penal 2 de la ciudad ha comunicado a los acusados que no se celebrará el juicio, programado para los días 12 y 13 de diciembre.

En una resolución, avanzada por 'El Nacional' y a la que ha tenido acceso este diario, la letrada de la administración de justicia acuerda así fijar la vista en noviembre del próximo año, cuando los cuatro procesados por cortar, en 2018, las vías del AVE en Gerona tendrán que sentarse en el banquillo. Margen suficiente para la tramitación y entrada en vigor de la ley de amnistía. En su escrito, Salellas alegó que, según dicha proposición, «quedarían amnistiados actos de desórdenes públicos, atentado a agente de la autoridad y aquellos materialmente conexos, desarrollados en las protestas relativas a la secesión de Cataluña». Entendiendo así que en la ley quedan comprendidos hechos relativos a la causa contra sus defendidos y pidiendo evitar el juicio por unos delitos que luego podrían ser amnistiados.

La fiscal Dolors Torres se opuso a dicha solicitud, al entender que la ley no ha entrado en vigor y prever que su tramitación será, «previsiblemente, larga». Pero la abogada del Estado Marta Ayllón apoyó la petición de la defensa porque, si bien «nuestras leyes no prevén la suspensión de un juicio por la tramitación de un proyecto o proposición de ley que contemple incorporar una causa de extinción de responsabilidad penal», el artículo 202 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal recoge que «serán improrrogables los términos judiciales cuando la ley no disponga expresamente lo contrario, pero podrán suspenderse o abrirse de nuevo, si fuere posible sin retroceder el juicio del estado en que se halle cuando hubiere causa justa y probada».

Es decir, la abogada del Estado defiende que en este caso la amnistía implicaría la extinción de la responsabilidad penal de los cuatro acusados. La celebración del juicio, por tanto, que puede quedar «sin efecto alguno», supondría un «coste material y personal» tanto para los procesados como para la Administración de Justicia.
El decreto del juzgado, fechado el pasado 29 de noviembre, sostiene que, si bien es cierto que la causa de suspensión a la que alude la defensa no se encuentra entre las previstas por ley, y que la amnistía «se halla al comienzo de su tramitación parlamentaria», y por tanto, «no es una ley vigente», apunta que «en su actual redactado recoge, dentro de su ámbito objetivo, los hechos objeto de la presente causa, por lo que, de prosperar su aprobación, habría hecho inútil la celebración del juicio con alto coste material y personal».

Además, recoge la resolución, en el juicio de dos sesiones, fijado para mediados de diciembre, estaba previsto «gran volumen de actuaciones e intervinientes», muchos de los cuales había de desplazarse «desde otros puntos del país». Tampoco se ha podido localizar a uno de los testigos, cuya declaración, según la Fiscalía, «resulta esencial». Lo que ya hizo suspender la vista oral en una ocasión anterior. Otro de los testigos, un mozo de escuadra, sigue de baja por incapacidad temporal, «con pronóstico de larga duración». Por todo ello, abunda el juzgado, considera «más juicioso» posponer el juicio «con un margen de temporalidad suficiente» tanto «para clarificar la situación legislativa" de la proposición de la ley de amnistía, como para garantizar sendas comparecencias.

Para cada uno de los acusados la Fiscalía pide cuatro años de guandoca y una multa 12.150 euros por delitos de desórdenes públicos, daños y uno leve de lesiones, por el corte de las vías del AVE, durante el primer aniversario del referéndum, el 1 de octubre de 2018, en Gerona.

 
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