El JUICIO por el crimen de Asunta Basterra Porto

p.s.: Sara, visto lo que nos recomiendas, es muy interesante, pero lo veo demasiado complejo para un foro cuando se tiene poco tiempo, y ahora entramos en época de exámenes, trabajos finales y esas cosas; pero, cuando pasen, lo mismo me meto en el tema.

TB: No hace falta que seas tú quien vaya a investigar a los pilinguiclubs esos (más el de Interviu), porque además, ya no vives allí, no?
Tampoco creo que a estas alturas se obtuviera información útil para el caso, como ya puse en el post…
Doy por sentado que si no habéis comentado nada del del PAM (aunque hay dos en este partido con ese apellido) y la DST es porque no tiene nada que ver; que sepáis, al menos. Saludos!

 
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REPITO el informe del Tribunal Supremos (en spoiler) Y AÑADO algo más.


Pue sí; pero ratifica la condena por "omisión de actuación", o sea, que lo que ha hecho el Tribunal Supremo ha sido rechazar los recursos contra el TSXG. :8:

Ya veremos qué dice la resolución y qué dice el tribunal europeo.

En todo caso, parece que los recursos de Basterra y de Porto han sido rechazados por mayoría, pero no por unanimidad, lo que significaría que algún o algunos jueces no estarían de acuerdo con ese rechazo ni, por lo tanto, con la sentencia gallega.

Pongo la informacción del Supremo...


martes, 11 de octubre de 2016

El Tribunal Supremo confirma la sentencia del ‘caso Asunta’

La Sala Segunda desestima los recursos interpuestos por Alfonso Basterra y Rosario Porto

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha acordado desestimar los recursos presentados por Alfonso Basterra y Rosario Porto contra la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que confirmó la dictada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, por la que fueron condenados a 18 años de prisión por el asesinato de su hija Asunta.

La decisión se ha adoptado por mayoría de los miembros del tribunal. El contenido íntegro de la resolución se conocerá en los próximos días.

El TSXG confirmó el pasado 16 de marzo los hechos declarados probados por el jurado de la Audiencia coruñesa, excepto en lo relativo a la persona que asfixió a la menor y por lo tanto produjo su fin. Los magistrados del Tribunal Superior gallego concluyeron que solo se podía situar a la progenitora en la casa de Montouto en la que se produjo el asesinato, pero entendieron que el padre era culpable del mismo delito por ser la ejecución de la fin parte de un plan conjunto preconcebido.


Voto particular o en disidencia

Derecho Procesal

Voto que hace algún magistrado de un órgano colegiado, por no estar de acuerdo con lo acordado por la mayoría de los magistrados del mismo, redactando los razonamientos del mismo. El escrito se une a la sentencia correspondiente (arts. 260 L.O.P.J. y 205 L.E.C. de 2000).



Parece ser el caso...

El Tribunal Supremo no ha aceptado los recursos de Porto y de Basterra, ya que de los 5 magistrados parece que 2 magistrados han votado en contra de la sentencia de resolución acordada por mayoría (por 3 magistrados).

Al menos 1 de los magistrados del Tribunal Supremo puede estar preparando el voto particular, que, por tener que unirlo a la sentencia, podría estar retrasando la publicación de la misma.




:pienso:
 
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